Mié. Jul 3rd, 2024

BUSCAN FORTALECER LA REGULACIÓN DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

Jun 21, 2024

En Comisiones Aprueban Reformas a la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí

La Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable de la LXIII Legislatura ha aprobado un dictamen para adicionar el artículo 36 BIS a la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí. Esta iniciativa, promovida por la diputada Emma Idalia Saldaña Guerrero, busca fortalecer la regulación de las Áreas Naturales Protegidas (ANPs), cumpliendo con los objetivos establecidos en la Ley General para la preservación de ambientes naturales.

La legislación local carecía de una estructura interna específica para las ANPs, a diferencia de la Ley General. La propuesta busca realizar una subdivisión territorial que permita identificar y delimitar las porciones del territorio conforme a sus elementos biológicos, físicos y socioeconómicos. Esta estructura integral y dinámica facilitará la delimitación de actividades en las ANPs a través de zonas y subzonas, de acuerdo a su categoría de manejo.

Zonas Núcleo y Amortiguamiento

La iniciativa establece que las zonas núcleo tendrán como principal objetivo la preservación de los ecosistemas a mediano y largo plazo. Estas zonas podrán estar conformadas por las siguientes subzonas:

a) De protección: Superficies con poca alteración, ecosistemas frágiles o relevantes, que requieren cuidado especial para su conservación a largo plazo. b) De uso restringido: Superficies en buen estado de conservación donde se busca mantener o mejorar las condiciones actuales de los ecosistemas. Actividades de aprovechamiento estarán sujetas a estrictas medidas de control.

Las zonas de amortiguamiento tendrán la función principal de orientar las actividades de aprovechamiento hacia el desarrollo sustentable, creando las condiciones necesarias para la conservación a largo plazo. Estas zonas podrán incluir las siguientes subzonas:

a) De uso tradicional: Superficies donde los recursos naturales han sido aprovechados de manera tradicional y continua sin alteraciones significativas en el ecosistema. b) De aprovechamiento sustentable de los recursos naturales: Superficies donde los recursos naturales pueden ser aprovechados bajo esquemas de sostenibilidad a largo plazo. c) De aprovechamiento sustentable de agroecosistemas: Superficies con usos agrícolas y pecuarios actuales. d) De aprovechamiento especial: Superficies con recursos esenciales para el desarrollo social que deben ser explotados sin deteriorar el ecosistema. e) De uso público: Superficies con atractivos naturales para actividades recreativas y de esparcimiento, limitadas según la capacidad de carga de los ecosistemas. f) De asentamientos humanos: Superficies modificadas por asentamientos humanos previos a la declaratoria del área protegida. g) De recuperación: Superficies con recursos naturales severamente alterados o modificados, sujetas a programas de recuperación y rehabilitación.

Sesión de Trabajo

La sesión de trabajo de la Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable contó con la presencia de su presidenta, diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas; vicepresidente, diputado José Luis Fernández Martínez; secretaria, diputada Liliana Guadalupe Flores Almazán; y los vocales, diputados Héctor Mauricio Ramírez Konishi y José Antonio Lorca Valle.

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