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EN SESIÓN ORDINARIA EL CONGRESO DEL ESTADO, APRUEBA REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA EDUCATIVA.

May 15, 2020

En Sesión Ordinaria, se aprobaron por mayoría de 21 votos a favor y 6 en contra, las reformas a los artículos 10, y 19 en su fracción V, de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, en materia educativa, para armonizar estas disposiciones con las reformas constitucionales federales.

Con estas modificaciones, en concordancia con las reformas federales en la materia, se establece en el artículo 10: “Todas las personas tienen el derecho de recibir educación. La educación que imparta y garantice el Estado en todos sus tipos y modalidades será gratuita. La educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, y media superior, serán obligatorias; la educación superior lo será en los términos de penúltimo párrafo del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.

El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes, y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.

Las maestras y los maestros son agentes fundamentales del proceso educativo y, por tanto, se reconoce su contribución a la trasformación social. Tendrán derecho de acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización,  en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Estado coadyuvará con la Federación, en la implementación del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, en concordancia con sus facultades establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o en la legislación secundaria.

El Estado deberá fortalecer a las instituciones públicas de formación docente de manera especial a las escuelas normales, en los términos que dispongan las leyes.

El Estado, acorde a lo dispuesto por el artículo 3º de la Carta Magna Federal, garantizará la excelencia en la educación obligatoria, ante todo buscará que los materiales y métodos  educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa, así como la idoneidad de los  docentes y los directivos, garanticen el máximo logro de aprendizaje de los estudiantes.

El Ejecutivo del Estado coadyuvará con la Federación en el establecimiento de los planes y programas de estudio de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior, y normal, considerando la opinión de los ayuntamientos y de los sectores sociales involucrados en la educación, en los términos de las leyes respectivas; asimismo, promoverá y apoyará la educación científica y tecnológica.

Los planteles educativos constituyen un espacio fundamental para el proceso de enseñanza aprendizaje. El Estado garantizará que los materiales didácticos, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno, sean idóneos y contribuyan a los fines de la educación.

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