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EL DIPUTADO JOSÉ ANTONIO MERAZ, IMPULSA LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

May 7, 2020

Con la finalidad de establecer, ampliar, consolidar y garantizar la participación ciudadana como un derecho de la ciudadanía en San Luis Potosí, el diputado José Antonio Zapata Meraz presentó una iniciativa para expedir la Ley de Participación Ciudadana del Estado de San Luis Potosí, y derogar la Ley de Referéndum y Plebiscito del Estado de San Luis Potosí.

“La iniciativa traerá grandes beneficios para el gobierno abierto y la gobernanza en nuestro estado. Por eso con el ánimo de fomentar el diálogo y la colaboración, se presenta esta propuesta para tratar de ampliar las figuras de participación.”

La propuesta recoge e incorpora el contenido de la Ley de Referéndum y Plebiscito, se propone también que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, será el organismo encargado de preparar, desarrollar, vigilar y calificar los procesos de participación ciudadana. Se propone también que las autoridades, cuando sean ellos los que inicien un proceso, aporten los recursos necesarios para tal efecto.

Las aportaciones que esta propuesta realiza son, en lo general: reconocer el derecho a la participación ciudadana como un principio fundamental en la organización política, y establecer que la Ley es de interés social.

En el caso de los mecanismos promovidos por la ciudadanía los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, en uso de sus atribuciones en materia presupuestaria, proveerán recursos en el ejercicio anual.

De igual manera se adicionan: la consulta ciudadana, que podrá ser solicitada por dos terceras partes del Congreso en el caso de asuntos competentes a los Poderes Ejecutivo o Legislativo, o bien por el 1 por ciento del padrón electoral, Es importante recalcar la reducción del 2 al 1 por ciento de firmas para acceder al Referéndum y Plebiscito, y que los resultados sean vinculantes cuando hayan participado por lo menos el 33 por ciento del padrón.

Respecto a las responsabilidades de los servidores públicos, se prohíbe la intervención de los partidos políticos en los mecanismos de participación ciudadana, acción que se propone sea sancionada de acuerdo a lo aplicable para las infracciones cometidas por partidos políticos en la Ley Electoral del Estado. En caso de omisión, aplicaría lo referente a faltas administrativas no graves.

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