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La Comisión Primera de Justicia aprobó reformas al Código Penal de San Luis Potosí para que el vínculo familiar no funcione como escudo en casos de encubrimiento relacionados con delitos graves. La propuesta incluye delitos sexuales, trata de personas y homicidio de personas menores de edad. Aún falta su paso por el Pleno.
El encubrimiento familiar en delitos graves podría dejar de tener una puerta abierta en San Luis Potosí. La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó dos dictámenes de reforma al Código Penal para agregar delitos en los que una persona familiar ya no quedaría protegida de sanción penal si encubre a quien cometió el delito.
Dicho con menos vueltas legales: la familia no debería funcionar como escondite cuando se trata de delitos de alto impacto.
La reforma plantea modificar el artículo 283 del Código Penal del Estado para restringir la llamada excusa absolutoria en casos de encubrimiento. Actualmente, según lo explicado en el boletín legislativo, el Código Penal contempla supuestos en los que una persona familiar puede cometer encubrimiento, pero no ser sancionada penalmente por ese vínculo afectivo.
Ese criterio puede entenderse en algunos contextos menores, donde la ley históricamente ha reconocido que los lazos familiares pueden influir en la conducta de una persona. Pero el debate cambia por completo cuando se habla de delitos sexuales, trata de personas, homicidio de personas menores de edad o delitos que afectan gravemente la vida, la libertad y la dignidad de las víctimas.
Ahí es donde entra la propuesta aprobada en comisión: cerrar esa protección cuando el encubrimiento esté relacionado con delitos especialmente graves.
Encubrimiento familiar en delitos graves: qué cambiaría
De acuerdo con la Comisión Primera de Justicia, la reforma busca que sí pueda sancionarse a familiares que encubran delitos como homicidio de personas menores de edad, difusión ilícita de imágenes, incesto, trata de personas, violación, pederastia y otros delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.
También se suman delitos que ya estaban contemplados en esta lógica, como feminicidio y delitos de índole sexual. La intención es que el parentesco no sea usado como una protección automática cuando lo que está de por medio son delitos que dañan de forma profunda a las víctimas y a la sociedad.
La diputada María Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, explicó que no se trata de inventar un delito nuevo, sino de modificar cuándo puede aplicarse o no esa exclusión de sanción para familiares. En otras palabras: el delito de encubrimiento existe, pero la discusión está en si el vínculo familiar debe seguir impidiendo el castigo en casos tan graves.
Y ahí la pregunta ciudadana es directa: ¿hasta dónde puede llegar la protección familiar cuando se cruza con la protección de víctimas?
Porque una cosa es entender el peso emocional de una relación familiar. Otra muy distinta es permitir que ese vínculo sirva para ocultar delitos que involucran violencia sexual, explotación, trata o agresiones contra niñas, niños y adolescentes.
La reforma aún no es ley: falta el Pleno
Es importante subrayarlo: esta reforma todavía no debe presentarse como ley vigente. Lo aprobado ocurrió en la Comisión Primera de Justicia. El dictamen deberá turnarse al Pleno del Congreso del Estado para su análisis y votación correspondiente.
Ese detalle importa porque en temas legislativos la diferencia entre “se aprobó en comisión” y “ya es ley” no es menor. La primera frase indica avance. La segunda indica una realidad jurídica que todavía no llega.
La comisión también solicitó opinión a la Fiscalía General del Estado para contar con mayores elementos antes de resolver el planteamiento. Además, se informó que hubo revisión de derecho comparado y análisis de constitucionalidad y convencionalidad de la iniciativa.
En términos simples: el Congreso busca blindar mejor la propuesta para que no choque con derechos, principios legales o criterios constitucionales.
Aun así, el fondo del debate es potente. En San Luis Potosí se está discutiendo si la ley debe seguir permitiendo que el parentesco reduzca o elimine consecuencias penales cuando alguien encubre delitos de extrema gravedad. Y visto desde las víctimas, la respuesta parece tener un peso humano muy claro: la protección familiar no puede estar por encima del acceso a la justicia.
La reforma, si llega a aprobarse en el Pleno, mandaría un mensaje fuerte: encubrir también tiene consecuencias, incluso cuando quien encubre comparte apellido, casa o historia familiar con quien cometió el delito.
Porque la familia puede ser red de apoyo, refugio y cuidado. Pero no debería convertirse en cortina para tapar violencia.
Y menos cuando esa violencia deja víctimas que durante años han tenido que pelear no solo contra el agresor, sino también contra el silencio que lo protege.
Fuente: Boletín informativo de la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado de San Luis Potosí.
